Con base en el Principio de Solidaridad Familiar y regulada, principalmente, en los artículos 142 a 153 de nuestro Código Civil, determinados parientes de una persona tienen la obligación de prestar a ésta lo necesario para cubrir sus necesidades básicas. Este artículo de El Derecho, se refiere a ello:
https://elderecho.com/obligacion-de-alimentos-entre-parientes